CUIDE SU PATRIMONIO, PAGUE SOLO ETAPAS CONCLUIDAS.
NUESTROS HONORARIOS EN LOS REMATES: Nuestros honorarios se generan sobre un porcentaje del precio de avalúo que el Tribunal le fija al inmueble a rematar, de acuerdo con el listado siguiente:
EJEMPLO: Si usted se adjudica un inmueble con valor de Avalúo de $2’600,000.00 se aplicaría el numero 5 de la lista que dice: “5.- Entre $2'500,001.00 y $3'000,000.00 = 8.0 % del precio de Avalúo” Por lo que usted pagaría un 8% del precio de Avalúo
El pago de nuestros honorarios se divide en tres partes, y se paga contra servicios ya prestados.
PRIMER PAGO DE HONORARIOS.- Se paga una vez que se dicte resolución en la que se apruebe el remate de un inmueble a su favor.
SEGUNDO PAGO DE HONORARIOS.- Se paga una vez que logramos la posesión del inmueble adjudicado a su favor.
TERCER PAGO DE HONORARIOS.- Se paga cuando se firma la escritura ante el notario designado, o en caso de que usted quiera posponer la escritura o tenga imposibilidad personal para escriturar que le sean atribuibles, como por ejemplo la falta de liquidez económica, u otra causa; se pagará dentro del mes siguiente de inactividad de su parte; pero le seguiremos apoyando en cuanto decida reanudar el tramite de escrituración.
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