CUIDE SU PATRIMONIO, PAGUE SOLO ETAPAS CONCLUIDAS.
AVISO LEGAL
En esta página se pública información de edictos, que se dan a conocer por los tribunales, oficinas de gobierno y diarios de información y por lo tanto es información pública.
El valor de los inmuebles rematados se fija a través de avalúos realizados por peritos ante los tribunales en los que se practican los remates y el valor de adjudicación se determina en la audiencia de remate pudiendo variar de acuerdo a las circunstancias.
El anticipo del 10% del monto de avalúo que se debe otorgar como garantía para poder participar en un remate, se prevee por la ley y sí se logra una adjudicación, quien se adjudica el inmueble, debe pagar el resto del precio de adjudicación del inmueble, dentro del termino que le conceda el juzgador; porque de no hacerlo oportunamente perderá ese 10% que se repartirá entre actor y demandado, lo cual se establece legalmente.
Dentro de esta página se llegan a publicar imágenes de inmuebles, que pueden no corresponder a los inmuebles anunciados para remate, porque se obtienen de Google Maps, cuyo servicio está a disposición pública, por lo tanto son solo ilustrativas.
Solamente surte efecto entre nosotros y cualquier interesado con la firma de contrato o carta compromiso por escrito y de ninguna otra forma, como pudiesen ser, consultas, aclaraciones, comentarios, etc.